El conflicto armado colombiano: una mirada desde el análisis económico del Derecho

El conflicto armado colombiano: una mirada desde el análisis económico del Derecho

El análisis económico de los conflictos armados internos surgió como una alternativa para explicarlos y también para sugerir herramientas para reducirlos o superarlos. Distintos autores desde Coase (1937), Haavelmo(1954), Becker (1968) ofrecieron aportes seminales para comprender desde la economía de los conflictos en general y la economía del crimen, los conflictos armados como una especie de crimen sistemático.

Sin embargo, no fue sino hasta los aportes de Grossman (2000) que se ofrecieron nuevas herramientas analíticas para comprender los conflictos armados internos desde una óptica que lo interpretara no solo desde la perspectiva del crimen, sino también como el uso de la fuerza para obtener beneficios que el Estado no concede.

La advertencia sobre estas diferencias tiene origen en que inicialmente se asimiló los conflictos armados con el crimen organizado. Ello impedía advertir que tanto el crimen organizado como el conflicto entre organizaciones revolucionarias tienen objetivos diversos, y en este sentido, las medidas, premios, beneficios y sanciones que puedan implementarse para desactivarlos son diferentes. En efecto, el propósito del crimen no es imponer sus preferencias a nivel estatal sino la obtención de un lucro a partir de una actividad ilegal para sus miembros.

Por su parte, los grupos armados revolucionarios en un conflicto pretenden imponer un nuevo modelo constitucional que genere, desde su perspectiva, una equilibrada distribución de los recursos de un determinado país. En la medida en que no se distingan los propósitos diversos entre los conflictos armados y el crimen organizado, podría suceder que la comprensión y medidas que se sugieran desde el análisis económico del derecho (AED) fracasen. La confusión tiende a que se tomen medidas poco efectivas para resolver el conflicto.

Sobre la distinción propuesta, es preciso indicar que Collier (1998) ofrece una caracterización diferente de los conflictos. En síntesis, considera que no existe mayor diferencia entre el crimen organizado y los conflictos en los que participan grupos revolucionarios, pues los segundos realmente están “falseando” sus preferencias, para ocultar sus intenciones individuales y lograr apoyo popular. No comparto dicha posición, pues si bien es cierto que ello puede ocurrir, no parece la constante en los diversos conflictos que de índole revolucionaria se presentaron en el continente americano y los resultados que más adelante expondré sobre el fracaso de las políticas implementadas en Colombia para resolver el conflicto armado.

En consecuencia, es de vital importancia para el análisis económico del conflicto armado colombiano, apelar a las distinciones que se ofrecen para separar los grupos guerrilleros de las organizaciones criminales. En Colombia es evidente que la política de seguridad acarrea una confusión en este sentido, pues todas las medidas son acordes con el análisis económico del crimen organizado y podría suponerse que su falta de buenos resultados se debe en parte a ello.

Hecha la advertencia anterior, comparto la utilidad de la distinción entre crimen organizado y grupos revolucionarios en conflicto para una adecuada caracterización desde el AED del conflicto Colombiano. Si la base del AED es una teoría de la acción en la que se supone que los sujetos buscan maximizar los beneficios reduciendo los costos; para comprender lo que es beneficio para unos grupos en conflicto es necesario entender sus objetivos al realizar su actividad. Esto es, para comprender desde las herramientas ofrecidas por la Teoría de Precios las eventuales alteraciones en las elecciones de los individuos de cada grupo en conflicto, al cambio en los beneficios o sanciones que se utilizan para desestimular o finalizar el mismo.

De conformidad con lo precedentemente explicado, un conflicto armado interno se caracteriza (Grossman), entre otros asuntos, porque las partes en conflicto destinan los recursos obtenidos no a la distribución entre sus miembros como suele suceder en el crimen organizado, sino al fortalecimiento militar y político, pues su móvil no es generar riquezas para ellos sino amenazar y destruir el régimen constitucional; la confrontación se hace para medir poder militar, no solo para la apropiación de un recurso de forma inmediata.

Esta caracterización permite observar por qué implementar medidas desde la economía del crimen lo único que hace frente al conflicto, es agravar o dificultar la financiación del sector que desafía al Estado, pero no lo finaliza. Dicha situación parece suceder en Colombia, pues el aumento de penas, con la posterior eficiencia en la captura, es decir aumento de la probabilidad de cumplir penas severas no ha desestimulado el conflicto.

Parece que la caracterización más próxima sobre el origen del conflicto armado, para mi propósito, es la ofrecida por Esteban y Ray (1999). Indican que un conflicto armado es el producto de la ausencia de una regla de elección colectiva que permita resolver los intereses opuestos, por lo que un sector que no ve reflejadas sus preferencias en las decisiones colectivas acude a medidas que aumentan sus pérdidas inmediatas con el propósito de que en un futuro se obtenga un resultado acorde a sus preferencias.

En este sentido, el contexto que sugieren los autores señalados para explicar y posteriormente entender los conflictos internos, es en las actividades que son improductivas y teoría de juegos no cooperativa. En este camino, explican que en una contienda con partes desiguales, la parte más débil será aquella que compromete más esfuerzos en la contienda. En este caso puede ser el Estado colombiano, pues es quien tiene más que perder, más recursos por invertir y más externalidades del conflicto que afrontar.

Grossman (2000) sugiere que en los citados contextos,  las altas tasas impositivas generan mayores condiciones para que haya más gente en la insurrección. Por ello sugiere  que para desestimular el reclutamiento en las filas guerrilleras, se deben bajar las cargas impositivas en la población vulnerable, para que se vea invitada a evaluar costos sobre ir a la guerra o producir. En síntesis, hacer más beneficioso las labores productivas, que pertenecer a la guerrilla.

Bajo esta misma lógica, indica que cuando el conflicto armado guarda enorme relación con la propiedad rural, es decir, por la concentración de la tierra en pocas manos, pueden aplicarse la mismas políticas. Sugiere que entre mayor tierra se asigne a los campesinos a menores cargas impositivas y obstáculos en la producción agrícola, mayor será el desestímulo para el reclutamiento en las filas guerrilleras pues podría ser más costoso pertenecer al grupo revolucionario.

De igual forma, sugiere que es más gravoso mantener un aparato militar para reprimir las revoluciones aun cuando no ocurra que se ceda en las pretensiones. Ello indica que es mucho más beneficioso ceder al Estado en algunas pretensiones cuando el grupo armado ha cedido en su afán de instaurar un nuevo orden institucional y solo quiere algunas reformas.

Caso colombiano
Se dice que el conflicto armado inició en su forma moderna en 1948, debido a que fue asesinado el candidato a la presidencia Jorge Eliécer Gaitán. Como consecuencia de dicha situación se consolidaron dos movimientos guerrilleros, uno de corte liberal y otro comunista. Con objetivos diversos unos avocaban por la reforma y otros por la instauración de un nuevo orden constitucional. El primero de ellos durante el transcurso del tiempo ha ido participando del Estado luego de algunas breves reformas y negociaciones; y los otros han continuado con su lucha armada pues su preferencia principal no ha sido satisfecha, esto es, la reforma agraria.

Desde el momento de inicio del conflicto hasta la actualidad, la segunda vertiente guerrillera, de corte comunista, en cualquiera de sus versiones, ha ido cediendo en sus pretensiones, renunciando en forma explícita a la instauración de un régimen comunista y se han conformado con la reforma en aspectos sociales, como solo son, la reforma agraria, acceso a la educación, y asuntos tributarios. Ello puede corroborarse en el marco propuesto para las actuales negociaciones que se llevan en Cuba.

Análisis económico
La política aplicada para combatir a la guerrilla desde su creación hasta el día de hoy, ha estado orientada, al menos implícitamente, por una economía del crimen, buscando hacer más gravosa desde el punto de vista penal y represivo la participación en el grupo armado. Con ello buscó desincentivar la participación de los ciudadanos en los grupos guerrilleros e hizo poco atractivo para sus miembros seguir enrolados en sus filas.

El Estado colombiano desde sus inicios fue “eficiente”, pues fueron dados de bajo más de 20 líderes guerrilleros, fueron capturados más de un millar desde mediados de los 80 y se aumentaron las sentencias efectivas contra los mismos. Sin embargo, el conflicto continúa luego de más de 60 años.

Ello podría sugerir que la economía del crimen y las medidas recomendadas por ella podrían haber fallado precisamente al no considerar relevantes los objetivos diferentes que se presentan con el crimen organizado y los conflictos armados. Ello hace recomendable adoptar el modelo de Grossman.

Como se mencionó brevemente en párrafos anteriores, Grossman (2000) sugiere que teniendo en cuenta la distinción entre crimen organizado y grupos insurgentes, se propicie la deserción de los ciudadanos vulnerables, reduciendo las cargas impositivas para hacer más atrayente la explotación agrícola que la participación en las filas y a ello agrega que cuando están de por medio temas agrarios, se debe promover una favorable explotación de los recursos agrarios.

En este sentido, podrían sugerirse varias medidas. Por una parte el Estado colombiano podría disminuir las cargas impositivas en los sectores rurales donde se encuentra la ciudadanía más vulnerable a participar del conflicto como miembros, haciendo mucho más atractivo regresar a la explotación de la tierra. Acorde con lo anterior, podría implementar, de acuerdo a las renovadas pretensiones guerrilleras, reformas agrarias, tributarias y educativas, y con ello desestimularía el reclutamiento y de paso invitaría a los comandantes guerrilleros a renunciar a la lucha armada.

Finalmente, de presentarse el utópico caso que el Estado colombiano realizara las reformas reseñadas, es preciso advertir otro asunto que se ubicaría en un espacio de Cooperación con el grupo armado. Específicamente me refiero a las normas que regulan las negociaciones del Estado colombiano con los grupos revolucionarios. En síntesis, dichas normas reúnen tres pilares: la necesidad de reparar a las víctimas del conflicto, la obligación de encontrar la verdad histórica sobre los hechos del conflicto y asignar responsabilidad penal para las personas que hayan cometidos delitos.

Por este camino, el grupo guerrillero no se ha sentido motivado por la Ley a cesar el conflicto armado debido al costo tan alto que implica dejar las armas, específicamente cumplir penas de prisión.

Por su parte, el Estado colombiano considera un alto costo bajar las pretensiones normativas, no solo por la presión social, que para el efecto toma mucha importancia, sino por la eventual promoción para que nuevos grupos de ciudadanos se sientan atraídos a adoptar dicho modelo de reclamo social, por lo que encuentra en las Leyes que regulan el conflicto un motor de desestímulo al mismo.

En este sentido, es preciso recordar que según Grossman el incentivo para enrolarse en las filas guerrilleras viene acompañado de la evaluación entre los costos y beneficios que tiene dicha decisión. Por ello, si el Estado ha adoptado las medidas señaladas anteriormente podría suponerse que la ciudadanía vulnerable no se verá tentada a regresar a la formación de grupos irregulares.

Ahora, sobre el costo del conflicto en términos estrictamente económicos, es preciso recordar que son muy altas las externalidades producidas por las medidas adoptadas: reducción en la inversión en educación, salud, cultura, aumento de la contaminación ambiental por efecto de los bombardeos diarios a campamentos guerrilleros, entre otros. La inversión no parece guardar una relación de equilibrio con el resultado.

El resultado de la lucha contra la guerrilla, en contraposición a una salida negociada, no parece que sugiera un equilibro entre los costos y los beneficios.

Por ello, estimo que si el Estado colombiano reduce el costo que desestimula la guerrilla a negociar, esto es, disminuir los estándares normativos contenidos en las leyes de justicia transicional, como lo son reducir las penas de prisión y sujeta la reparación a los bienes que han sido incautados a la guerrilla y pone un tope razonable, podría estimular a la guerrilla a que cese en sus luchas al menos por medio de las armas.

En este camino podría encontrar un punto de equilibro en el que la negociación y las normas legales reduzcan las externalidades, se encuentren puntos de equilibro y de paso cese el conflicto.

El resultado de la terminación del conflicto armado permitiría reducir la inversión en la Fuerza Pública y esos dineros podrían ser destinados a rubros más eficaces que desestimulen la lucha armada como espacio de reclamo social.

Por este camino, al introducir cambios en la política de seguridad y de los estándares normativos para la reinserción, se induciría al grupo guerrillero a tomar decisiones que permitan llegar adonde las elecciones sean más equilibradas.

* Abogado (U. de M.), Especialista en Derecho Administrativo y Constitucional (Universidad del Rosario), candidato a Magister en Teoría General del Derecho (UNAL) y candidato a Magister en Filosofía del Derecho (UBA)